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Sobre Nosotros

Sobre Imont Legal & Taxes

Nuestra Historia

Imont Legal & Taxes fue creado en el año 2004, pero su historia comenzó unos años antes, en el año 1999, cuando Isabel Montesinos, su fundadora, residía con su familia en Estados Unidos y  tuvo la ocasión de pasar por la experiencia de adquirir una vivienda en otro país y en un idioma que no era el suyo, descubriendo lo difícil y estresante que podía llegar a ser ese proceso.

Es por ello que, en 2004, cuando se presentó la oportunidad, no dudó en crear Imont Legal & Taxes con la intención de ayudar a aquellas personas de otros países durante el proceso de adquisición de una vivienda en España, proporcionándoles seguridad y total garantía.

A día de hoy, Imont Legal & Taxes somos un despacho de abogados y fiscalistas expertos en Derecho Inmobiliario Internacional, que cuenta con cuatro oficinas en Murcia, Alicante-Costa Blanca Norte, Alicante-Costa Blanca Sur y Madrid, compuesto por un equipo de profesionales con gran experiencia, capaces de atender las necesidades de los clientes internacionales en su propio idioma.

Es por ello, que nos mostramos orgullosos de poder decir que una parte importante de la cartera de clientes de Imont Legal & Taxes procede de recomendaciones de otros clientes y, también, de la red de contactos profesionales que hemos desarrollado a lo largo de los años.

 

Imont Legal & Taxes

MISIÓN

Proporcionar a nuestros clientes extranjeros el mejor asesoramiento legal y fiscal que convierta el proceso de compraventa de una vivienda en España en una experiencia totalmente satisfactoria y libre de estrés; y a partir de ahí crear una relación de confianza que se prolongue en el tiempo.

VISIÓN

Ser un despacho legal de referencia en nuestra zona de influencia, con un clima de trabajo motivador y cordial, con un objetivo común de lograr la total fidelidad de nuestros clientes.

VALORES

Excelencia, Formación Continua, Trabajo En Equipo, y Compromiso Con Nuestros Clientes. Imont invierte en la formación constante de los miembros de nuestro equipo, esforzándonos permanentemente por alcanzar los más altos estándares de calidad en la prestación de nuestros servicios.

Estos son los valores esenciales que intentamos desarrollar día a día, a través de un contacto personal y directo con nuestros clientes en su propio idioma y ajustándonos a sus necesidades. De hecho, en Imont encontrará abogados y asesores con años de experiencia que hablan inglés, neerlandés, francés, italiano, polaco, alemán y ruso.

Somos expertos en

¿Por qué nos eligen nuestros clientes?

Estos son los valores esenciales que intentamos desarrollar día a día, a través de un contacto personal y directo con nuestros clientes en su propio idioma y ajustándonos a sus necesidades. De hecho, en Imont encontrará un staff experimentado que habla inglés, neerlandés, francés, italiano, polaco, ruso y alemán.

800+
Operaciones inmobiliarias
300+
Trámites de extranjería y residencia
100+
Procedimientos judiciales
50%
Casos de éxito

Preguntas Frecuentes

¿Cuándo tengo que presentar mi Impuesto de No Residente?

Su Impuesto de No Residente del año 2020 se presenta durante el año 2021 con fecha límite el 31 de diciembre. Podemos calcular su impuesto e informarle de la forma de presentarlo. Contacte con nosotros y le ayudamos.

 

Si alquilo mi vivienda en España, ¿tengo que pagar algún impuesto?

Si Vd es No residente y propietario de una o varias viviendas en España y la/s tiene alquilada/s tiene que presentar trimestralmente sus impuestos por los ingresos o rendimientos obtenidos por ese alquiler/es. Estamos a su disposición para hacer una previsión de los impuestos a pagar por el/los alquiler/es de su/s vivienda/s dependiendo de su situación personal. Cuéntenos su caso y le asesoramos.

 

¿Puedo firmar un testamento por poder?

No, el testamento es un acta personal y debe ser firmado por cada persona ante notario.

¿Qué impuestos se pagan por ser propietario de una vivienda en España?

Aunque no se alquile la vivienda, todos los No residentes, que compran una vivienda en España, tienen la obligación de pagar dos impuestos cada año: el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (conocido como IBI o SUMA) y el Impuesto de No residentes.

¿Es recomendable firmar un poder?

 Si, es muy recomendable firmar un poder para que tu representante/abogado pueda actuar en tu nombre, desde el principio hasta la firma de la escritura sin la necesidad de venir a España en persona.

¿Necesito una cuenta en España?

Si, es necesario abrir una cuenta en España para domiciliar todos los pagos de suministros, comunidad e IBI.

Si me hago residente en España, ¿tengo que pagar impuestos por mis ingresos en otros países?

Si eres residente en España, tendrás que tributar en España por tu renta mundial, conforme a lo establecido para cada tipo de ingreso en los Convenios para evitar la doble imposición, firmados con el Estado donde los obtienes. En los casos más comunes dejarás de pagar impuestos en otros países y solo pagarás impuestos en España.

¿Es obligatorio inscribir en el Registro de la Propiedad?

No es obligatorio inscribir las escrituras notariales en el Registro de la Propiedad, salvo algunas excepciones. Por ejemplo, si es obligatorio inscribir préstamos hipotecarios. Se puede adquirir, vender, poseer o ser propietario de cualquier bien inmueble sin necesidad de que esté inscrito en el Registro de la Propiedad.

No obstante, siempre es recomendable la inscripción en el Registro de la Propiedad, puesto que el principal inconveniente de no inscribirse es la de no ser propietario del bien inmueble a efectos públicos. Eso quiere decir que será mucho más complicado demostrar dicha propiedad si ocurriese cualquier problema.