Los denominados comúnmente como ‘nómadas digitales’ son los trabajadores que teletrabajan desde cualquier parte del mundo. Es a este grupo de trabajadores al que se refiere la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes – conocida como Ley de Startups – en la que, entre otros asuntos, se regula el nuevo visado en España para estos profesionales.
La entrada en vigor de esta Ley pretende recuperar y llevar nuevo talento internacional a España, favoreciendo el establecimiento de trabajadores remotos y nómadas digitales.
Desde Imont Legal & Taxes resumimos todo lo que hay que saber sobre este nuevo visado nómada digital.
En concreto, el Visado para Nómadas Digitales permitirá residir en España a trabajadores y profesionales de terceros países (No Comunitarios) que teletrabajen en remoto, siendo posible solicitarlo: trabajadores por cuenta ajena que lo hagan para una empresa no ubicada en España que les permita desplazarse y trabajar en remoto desde otro país; y trabajadores por cuenta propia que lo hagan para empresas radicadas fuera de España (al menos en un 80%) y acrediten su cualificación profesional.
Asimismo, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos para obtener este visado:
- Las empresas con las que existe una relación laboral o profesional con el solicitante, deben acreditar la existencia real y continuada durante al menos un año, y deben estar situadas fuera de España.
- Los solicitantes que trabajen o presten servicios en las mencionadas empresas, deben demostrar que han trabajado para ellas durante al menos tres meses antes de la solicitud, y dejando constancia de que les autorizan al teletrabajo y la residencia en España.
- Además, los profesionales que presten servicios deberán estar en posesión de un título universitario, formación profesional o bien acreditar la experiencia de al menos 3 años en el trabajo.
- Tanto para trabajadores, como para profesionales: Inexistencia de antecedentes penales, concertar un seguro médico privado, y acreditar disponibilidad de medios económicos suficientes en cuantía de 29.000 € por persona (+ 7.200 € por cada familiar adicional) para el año 2023.
Por su parte, el Visado Nómada Digital ofrece las siguientes ventajas a sus titulares:
- Se puede solicitar desde el país de origen, o bien directamente desde España.
- El plazo de resolución es de tan solo 20 días y en ausencia de respuesta, se entenderá concedido.
- Permite residir durante tres años, con posibilidad de ampliación a 5, y computa a efectos de posible futura residencia permanente.
- Permite la movilidad por toda la UE sin restricciones.
- Gran Beneficio fiscal al poder acogerse a un régimen especial por el cual, en caso de que el trabajador o profesional no haya residido en España durante los últimos 5 años (en lugar de 10, como establece la norma general); se pagarán impuestos a un tipo del 24% sobre el total de los ingresos, en lugar de un tipo progresivo que puede llegar hasta el 47%. Además, los titulares del visado nómada digital podrán aplazar los pagos de impuestos de los dos primeros años sin abonar intereses.
Si cree que reúne los requisitos que establece la Ley, no dude y contacte con Imont Legal para iniciar los trámites de su solicitud lo antes posible.