Muchos ciudadanos de otros países deciden cada año hacerse residentes en España pero desconocen la obligación de presentar el modelo 720 declarando sus bienes en el extranjero si el valor supera determinados límites o se arriesgan a sanciones de importes muy elevados.
Aunque esta declaración ha sido denunciada ante el Tribunal Económico Europeo por sus sanciones desproporcionadas y es posible que se elimine cuando el Tribunal dicte sentencia, por el momento sigue siendo de obligada presentación.
El plazo para presentar la declaración es de 1 de enero a 31 de marzo de 2021.
Requisitos para estar obligado a presentar el modelo 720
1.Haber obtenido la residencia en 2020 y haber residido en España más de 183 días en ese año.
2.Poseer cualquiera de los siguientes grupos de bienes en el extranjero cuyo valor sumando todos los bienes de ese grupo supere los 50.000€:
• Bienes inmuebles
• Saldos en cuentas bancarias a 31/12/2020
• Acciones, bonos o fondos de inversión
Si alguno de los grupos de bienes supera el límite establecido, se deberá presentar el modelo 720 con la información completa de todos los bienes que forman dicho grupo.
Si usted obtuvo la residencia en 2020 y piensa que puede estar obligado a presentar el modelo 720, contacte con los asesores fiscales de Imont Legal & Taxes para que comprueben su información y en caso de ser necesario presenten el modelo 720, evitando de este modo la posibilidad de recibir grandes sanciones.